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Empresas pueden reprogramar pagos de AFP

Hasta el 31 de diciembre de 2023 tienen plazo las entidades del sector privado que no cumplieron con depositar los...

Hasta el 31 de diciembre de 2023 tienen plazo las entidades del sector privado que no cumplieron con depositar los aportes de sus trabajadores a las AFP para acogerse al régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones (Repro AFP Privado).

Así lo establece el reglamento de la Ley N.°31690 que fue aprobado por el Decreto Supremo N.° 145-2023-EF del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y se publicó en Normas Legales del diario El Peruano.

De acuerdo al MEF, la deuda generada será actualizada aplicando la rentabilidad promedio del fondo 2 del Sistema Privado de Pensiones (SPP) en reemplazo de los intereses y multas aplicados regularmente. De la misma manera, las deudas acogidas generan la suspensión de los procesos judiciales.

De acuerdo con la información provista por la Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AAFP), a febrero de 2023, son 151,017 empleadores los que no han depositado los aportes de sus trabajadores a su fondo de pensiones, de los cuales 92,510 son empleadores con RUC en estado activo.

La deuda previsional existente asciende a S/ 18,433 millones afectando a 1.2 millones de afiliados, reportó el MEF. Según la norma, los empleadores pueden acogerse al Repro AFP-Privado de cualquier deuda previsional sin importar el estado de su cobranza o que hayan sido materia de algún régimen de fraccionamiento o regularización de aportes.

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